Las cesantías son una prestación social obligatoria, un ahorro que tu empleador deposita anualmente en un fondo, con el propósito de protegerte si llegas a quedar sin empleo involuntario.
Este “seguro” no genera pensión: su función es darte respaldo económico en caso de cesantía, además de permitirte usar esos recursos para educación, vivienda, entre otras finalidades permitidas por la ley.
Aquí te lo explicamos todo, paso a paso y sin enredos, para que sepas exactamente cómo funcionan las cesantías y cómo retirarlas sin complicaciones.
En Colombia, tienen derecho a recibir cesantías todos los trabajadores que cuenten con un contrato laboral formal, ya sea a término fijo o indefinido. Esta prestación social es parte de los beneficios legales que protegen a quienes están vinculados directamente a una empresa o entidad mediante una relación laboral reconocida por la ley.
En cambio, los trabajadores por prestación de servicios, los autónomos y aquellos que reciben salario integral no tienen derecho a cesantías, ya que estas modalidades no están cubiertas por el régimen prestacional.
En el caso de los contratos temporales o por obra, el valor de las cesantías se liquida de forma proporcional al tiempo trabajado, según lo establece la normativa vigente.
1️⃣ No es una pensión, sino un seguro contra el desempleo, pensado para sacarte del apuro cuando pierdas el trabajo.
2️⃣ No puedes usarlas para cualquier gasto; solo están permitidas para estudiar, comprar o mejorar vivienda, pago de impuestos prediales, entre otros usos legales.
3️⃣ El monto: un salario mensual por cada año trabajado, o proporcional según los días trabajados (según fórmula que explicamos abajo)
La fórmula es sencilla:
Cesantías = (Salario mensual × Días trabajados) ÷ 360
⚠️ ¡EJEMPLO PRÁCTICO! si tu salario es ARS 3 000 000 COP y trabajaste todo el año (360 días), te correspondería ARS 3 000 000 COP en cesantías. Si trabajaste seis meses (180 días), serían:
(3 000 000 × 180) ÷ 360 = ARS 1 500 000 COP.
Retiro total, cuando termina tu contrato.
Retiro parcial, mientras sigas trabajando, para:
Educación superior (para ti o tus dependientes)
Compra, construcción o mejora de vivienda
Pago de impuestos prediales
Compra de acciones del Estado
Si tu empleador no consigna tus cesantías dentro del plazo legal (antes del 14 de febrero de cada año), puede enfrentar sanciones y deberá pagarte intereses por mora. Puedes acudir al Ministerio de Trabajo o a una acción legal para exigir el cumplimiento de ese derecho.
Sigue en la página 2 y descubre cómo solicitar, retirar y aprovechar tus Cesantías sin errores.
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